Visits: 20

Da CLICK en el TITULO para ver Nota Completa

.

Con la intención de seguir Previniendo y Evitando la propagación del COVID-19, será necesario que los trabajadores de los CEMENTERIOS propiedad de la CdMx, y las familias con personas fallecidas por sospecha o confirmación de COVID-19 deberán cumplir con las siguientes reglas.

El Público en General deberá:

  • Evitar cualquier manifestación que implique contacto físico, guardando en todo momento la sana distancia.
  • Utilizar cubre bocas y/o mascarilla en todo momento y aplicar de manera constante gel antibacterial además de evitar el contacto de las manos con el rostro; así como manipular la mascarilla o cubrebocas.
  • En las inhumaciones y cremaciones No podrán ingresar más de 20 personas y se recomienda evitar introducir coronas o arreglos florales.
  • Queda prohibida la entrada a mujeres embarazadas, menores de 12 años y personas mayores a 60 años.
  • Deberán respetar horarios, NO habrá autorizaciones para construir placas, lápidas, monumentos funerarios o mausoleso, y se recomienda.

 

Los trabajadores de los cementerios:

  • Utilizar cubre bocas y guantes en todo momento y utilizar agua, jabón y gel antibacterial de manera constante.
  • Se asegurarán de contar con los recursos materiales necesarios para la atención que se brindará a los particulares, tales como instalaciones sanitarias dotadas de agua y jabón, gel antibacterial, cubrebocas, pañuelos desechables, así como depósitos apropiados para estos desechos.
  • El manejo de personas fallecidas será en estricto apego a la normativa previamente establecida por las autoridades federales y locales.
  • El trato de las personas fallecidas deberá ser respetuoso, cuidadoso y digno, asegurando que por ningún motivo se discrimine a los deudos.
  • Vigilará que el personal de las funerarias encargado de manipular y trasladar a las personas fallecidas, lleve a cabo los procesos de cuidado establecidos y cuente con el equipo de protección personal (EPP) debido durante todo el procedimiento.
  • Los responsables de la administración de los cementerios deberán informar la disponibilidad de espacios para inhumación y la cantidad de hornos con que se cuente, además de su capacidad, cuando así se les requiera.
  • Los horarios para efectuar inhumaciones serán determinadas por cada cementerio procurando que el horario sea amplio y así se eviten problemas de salud pública; por lo que se sugiere que sean de las 8:00 a las 18:00 horas de lunes a viernes y de 9:00 a 16:00 horas los días sábado y domingo.

 

Procedimiento para Inhumaciones o Cremaciones: 

  • Sólo podrá ingresar una persona para solicitar el servicio y deberá llevar Acta de defunción; Boleta de inhumación o cremación; en su caso, permiso sanitario expedido por la Agencia de Protección Sanitaria y documentos que acrediten la titularidad de la fosa donde se pretende efectuar la inhumación.
  • Documentos que acrediten el pago correspondiente por los servicios de inhumación o cremación que se prestarán.
  • Personal del cementerio guiará el cortejo fúnebre hasta el punto donde se llevará a cabo el servicio
  • Efectuada la inhumación correspondiente y cubierta la fosa individual, las personas sólo podrán permanecer un tiempo máximo de 10 minutos en dicho lugar.
  • Si fuese cremación una vez terminado el proceso, se entregarán las cenizas al custodio o responsable del trámite.

 

Los Hornos Crematorios durante esta Emergencia Sanitaria deberán contar con:

  • Equipos de control de emisiones que garanticen el cumplimiento de los límites máximos permisibles de emisiones a la atmósfera.
  • Contar con paredes y bóvedas de material refractario que no generen contaminantes potencialmente peligrosos para la salud que contribuyan o favorezcan la formación de agentes cancerígenos, teratogénicos o mutagénicos.
  • Operar con Gas LP o Gas Natural y evitar el uso de combustibles líquidos como Diesel, Gasóleo, Combustóleo u otros combustibles líquidos denominados combustibles industriales con alto contenido de azufre.
  • Contar con quemadores y válvulas de seguridad de corte eléctrico y controles contra falla de flama para evitar emisiones fugitivas de Combustible (Gas LP o Gas natural) a la atmósfera
  • Garantizar que no existan escurrimiento de grasas, líquidos corporales y la salida de humo y emisiones fugitivas de gases a la atmósfera.

.

Fuente: Gaceta de la CdMx (15-may-2020)

Da CLICK aquí para VER información Completa pág. 20….

.

Si te pareció ÚTIL esta información COMPÁRTELA … o SÍGUENOS en Twitter @SalgadoLegal o en Fecebook como Francisco Salgado o Salgado Legal y recibirás directamente NOVEDADES que te den Beneficios y te enterarás de Nuevas Reglas que tengas que cumplir !!!.
.
Si nos Quedamos en Casa en unas semanas salvaremos Vidas …!!!

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

error: Evita copiar el contenido, mejor compartelo