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La SCJN sugiere que la vía judicial idónea para solicitar el pago de comprobantes fiscales digitales (CFDI) por la prestación de Servicios Profesionales será la Civil y NO la Mercantil.
Lo anterior es debido que con la reforma al Código Fiscal del 9 de diciembre del 2013, todas las personas morales, entre las que se incluyen las sociedades civiles, están obligadas a emitir comprobantes fiscales por la realización de la totalidad de sus actividades sin importar si éstas son de carácter civil o mercantil, de modo que la emisión de dichos documentos ya no es exclusiva o inherente a la realización de actos de comercio.
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Fuente: SCJN 7-febrero-2020 (Tesis Civil)
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