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El Gobiierno de la CdMx., emite la Nueva LEY DE BÚSQUEDA DE PERSONAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, dejando sin efecto al Ley para Prevenir, Eliminar y Sancionar la Desaparición Forzada de Personas y la Desaparición por Particulares en la Ciudad de México.

La nueva Ley cuenta con:

  • 109 artículos
  • Entró en vigor a partir del 1 de enero del 2020
  • La Fiscalía especializada se enfocará a que la búsqueda tenga por objeto realizar todas las acciones y diligencias tendientes para dar con la suerte o el paradero de la persona hasta su localización, incluidas aquellas para identificar plenamente sus restos en caso de que estos hayan sido localizados.
  • Señala que las víctimas y sus familiares contararán con todo el apoyo necesario:
    • A la protección de sus derechos, personalidad e intereses jurídicos;
    • A que las autoridades inicien las acciones de búsqueda y localización, bajo los principios de esta Ley, desde el momento en que se tenga noticia de su desaparición;
    • A ser restablecido en sus bienes y derechos en caso de ser encontrado con vida;
    • A proceder en contra de quienes de mala fe hagan uso de los mecanismos previstos en esta Ley para despojarlo de sus bienes o derechos;
    • A recibir tratamiento especializado desde el momento de su localización para la superación del daño sufrido producto de los delitos previstos en la Ley General, y
    • A que su nombre y honra sean restablecidos en casos donde su defensa haya sido imposible debido a su condición de Persona Desaparecida.

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Da CLICK para VER Ley Completa…

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Fuente: Gaceta de la CdMx: 31 diciembre 2019.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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