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A partir del primero de Enero NO SE COBRARAN las contribuciones que se ADEUDEN anteriores al 2018, de los siguientes conceptos:

  • Impuesto sobre Tenencia Uso de Vehículos.
  •  Derecho por Refrendo para la vigencia anual de las placas de circulación para:
    1. Vehículos de uso particular.
    2. Vehículos particulares de carga comercial.
    3. Remolques.
    4. Motocicleta, motoneta, trimoto y cuatrimoto.
    5. Auto antiguo.
  • Derechos por la práctica de Revista a vehículos particulares de carga y por la autorización con vigencia anual para el transporte de carga particular.
  • Impuesto sobre la Adquisición de Vehículos Automotores Usados.

ADEMÁS se condonará totalmente PARA 2020 las siguientes contribuciones:

  • Impuesto sobre la Adquisición de Vehículos Automotores Usados, se aplicará siempre y cuando el contribuyente realice el trámite de cambio de propietario en la entidad.
  • Derecho por cambio de propietariosiempre y cuando el contribuyente realice el trámite en la entidad.

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Para hacer realidad esta condonación los poseedores o propietarios de vehículos en el Estado de México tienen que:

  • Pagar en UNA sola exhibición los importes no sujetos a condonación.
  • En su caso, desistirse administrativa o judicialmente cuando se haya interpuesto algún medio
    de defensa en contra de los créditos correspondientes.

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Fuente: Gaceta del Estado de México del 23 de diciembre 2019.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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