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A partir del primero de Enero NO SE COBRARAN las contribuciones que se ADEUDEN anteriores al 2018, de los siguientes conceptos:
- Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.
- Derecho por Refrendo para la vigencia anual de las placas de circulación para:
1. Vehículos de uso particular.
2. Vehículos particulares de carga comercial.
3. Remolques.
4. Motocicleta, motoneta, trimoto y cuatrimoto.
5. Auto antiguo. - Derechos por la práctica de Revista a vehículos particulares de carga y por la autorización con vigencia anual para el transporte de carga particular.
- Impuesto sobre la Adquisición de Vehículos Automotores Usados.
ADEMÁS se condonará totalmente PARA 2020 las siguientes contribuciones:
- Impuesto sobre la Adquisición de Vehículos Automotores Usados, se aplicará siempre y cuando el contribuyente realice el trámite de cambio de propietario en la entidad.
- Derecho por cambio de propietario, siempre y cuando el contribuyente realice el trámite en la entidad.
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Para hacer realidad esta condonación los poseedores o propietarios de vehículos en el Estado de México tienen que:
- Pagar en UNA sola exhibición los importes no sujetos a condonación.
- En su caso, desistirse administrativa o judicialmente cuando se haya interpuesto algún medio
de defensa en contra de los créditos correspondientes.
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Fuente: Gaceta del Estado de México del 23 de diciembre 2019.
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