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Sanciones por NO actualizar datos…

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Con la entrada en vigor de la Miscelanea Fiscal para el 2020, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), sancionará a los contribuyentes que no Actualicen o Habiliten sus datos para hacer uso del Buzón Tributario.

Con la medida anterior el SAT tiene como objetivo mantener mayor comunicación con los contribuyentes y así notificarlos sobre su situación fiscal.

Las multas van desde los $3,080.00 hasta $9,250.00 (Art. 36-D C.F.F.)

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Cabe destacar que es OBLIGATORIO habilitar el buzón tributario, registrar o mantener actualizados los medios de contacto conforme a lo previsto en el artículo 17-K del Código Fiscal Federal.

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El Plazo que otorga el SAT para actualizar o activar esta herramienta es:

  • Personas Morales hasta el 31 de marzo del 2020.
  • Personas Físicas hasta el 30 de abril del 2020.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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