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Recibos Electrónicos…

La SCJN REITERA que los recibos de pago emitidos electrónicamente SON LEGÍTIMOS y con ellos se prueba que fueron pagados los conceptos y montos señalados.

Lo anterior es en terminios del artículo 776, fracc. II y VIII de la Ley Federal de Trabajo lo cual también aplica supletoriamente a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

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En resumen los recibos electronicos son validos aún sin la firma del trabajador.

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Fuente: SCJN (4-octubre-2019)

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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