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Pruebas…

La SCJN determino mediante jurisprudencia administrativa que NO ES ILEGAL pedir a los contribuyentes pruebas adicionales a las presentadas ante la autoridad correspondiente para liberarse del señalamiento de que efectua actividades simuladas o inexistentes tal como lo marca el artículo 69-B del Código Fiscal.

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Recordemos que cuando un contribuyente apararece en las listas negras del SAT porque presumiblemente amparan operaciones inexistentes, tienen la reserva de presentar toda la información necearia que desvirtúe dicha situación.

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Fuente: Suprema Corte de Justicia (Jurisprudencia del 20-sept-2019)

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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