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La Suprema Corte de Justicia de la Nación, determino a través de dos tesis aísladas, que las personas que fueron condenadas bajo el anterior sistema Penal podían solicitar los beneficios Preliberacionales, con ello se atiende los principios de dar un trato de igualdad a los condenados.
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Cabe mencionar que la preliberación NO es en automático, debe hacerse mediante una solicitud del reo a lo que el juez, con base en toda la información del caso, toma la decisión de otorgarla o no.

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No son candidatos a este beneficio presos que cumplan condenas por delitos de: Secuestro; Delincuencia Organizada y Trata de Personas.

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Todos los días revisamos Diario Oficial, Gacetas de la CdMx y Edo. Méx. y Determinaciones de la SCJN; del resultado de su análisis te proporcionamos la información que consideramos de interés general para un mayor número mayor de personas.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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