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La SCJN determinó que NO se violentan los derechos de los menores de edad al prohibirles contraer matrimonio.

Lo anterior se determinó debido a que la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Aguascaliente señala que es Ilegal una reforma al código civil de este estado, donde se determina la eliminación de otorgar  las dispensas  para el matrimonio infantil. (Aun cuando se trate de casos graves y justificados)

La SCJN deja en claro que esta legislación NO viola el libre desarrollo de la personalidad, ni es contraria a los principios de progresividad de los derechos humanos, más aún protege el interés superior del menor y su libre desarrollo, sin que afecte su libre derecho a contraer matrimonio ya que lo podrán hacer al cumplir la mayoría de edad.

 

Esta resolución queda como antecedente y se puede aplica en forma nacional.

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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