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Ahora sí, después de TANTAS Discusiones en el Congreso, de escuchar a muchos de los SECTORES Involucrados, de una aprobación inédita casi UNÁNIME en la cámara de Senadores y también casi Total en la Cámara de Diputados, Finalmente con la aprobación de TODOS los Congresos de los Estados y con la publicación que hace el Presidente el día de hoy en el Diario Oficial.
A partir de MAÑANA es un hecho que la Guardia Nacional está presente en la Constitución Política del País.
Estas las Principales CARACTERÍSTICAS puestas en la Constitución:
- Los mexicanos tenemos derechos a poseer armas en nuestro domicilio, AHORA solo se agregan las palabras excepto las asignados a la Fuerza Armada PERMANENTE y a la de los cuerpos de RESERVA. (10)
- Cualquier persona puede detener a quien cometa un delito poniéndolo a disposición AHORA de la Autoridad CIVIL más cercana (16, parr. V)
- La Seguridad Pública AHORA ya es una función del ESTADO; Además se dice cuales serán sus FINES, Salvaguardar la vida, las Libertades, la Integridad y el Patrimonio de las personas; así como, CONTRIBUIR a la Generación y Preservación del Orden Público y la Paz Social (21 parr IX)
- Se quitan los Objetivos al termino que ya existía de GUARDIA NACIONAL, pero se le dan los FINES de la Seguridad Pública (21 parr X)
- Ahora ya se contempla en la Constitución que debe haber un SISTEMA NACIONAL de INFORMACIÓN a CARGO DE LA FEDERACIÓN al que los ESTADOS y MUNICIPIOS deben PROPORCIONAR la INFORMACIÓN que les corresponde (21 parr X inc B)
- Se dice que La Federación contará con una Institución policial de carácter Civil denominada Guardia Nacional, que estará en coordinación con las entidades federativas y municipales, para salvaguardar a la Nación y sus Bienes (21 párr. 11)
- La Guardia Nacional estará adscrita a la Secretaria de Seguridad Pública, quien formulará la Estrategia Nacional de Seguridad Pública y los respectivos programas, políticas y acciones necesarias. (21 párr. 12)
- La FORMACIÓN y el DESEMPEÑO de los integrantes de la Guardia Nacional y de las demás instituciones policiales se regirán por una doctrina fundada en el SERVICIO a la sociedad, la disciplina, el respeto a los derechos humanos, al imperio de la Ley, al mando superior y en lo conducente a la perspectiva de genero (21 párr. 13)
- Antes ya existía el termino de Guardia Nacional era utilizado para que los mexicanos se alistaran y sirvieran en ella, AHORA es obligación de los mexicanos alistarse y servir en los CUERPOS de RESERVA (31 fracc III)
- Antes eran DERECHOS del ciudadano tomar las armas en el Ejército o Guardia Nacional, ahora es derecho del ciudadano tomar las armas en la FUERZA ARMADA PERMANENTE o en los CUERPOS de RESERVA (35 fracc IV)
- Antes era Obligación del ciudadano alistarse en la guardia nacional, ahora es OBLIGACIÓN formar parte de los cuerpos de reserva (36 fracc. II)
- AHORA al Congreso se le dan facultades para expedir leyes con respecto a los DERECHOS HUMANOS; para que se Organice la Guardia Nacional y las demás instituciones; y para expedir:
- La Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza y
- La Ley Nacional del Registro de detenciones (73 fracc. 23)
- AHORA es facultad EXCLUSIVA del Senado:
- Analizar y Aprobar el informe Anual que el Presidente presente sobre las Actividades de la Guardia Nacional
- Y Analizar la Estrategia Nacional de Seguridad PREVIA Comparecencia del TITULAR de la SECRETARIA DE Seguridad Nacional (76 fracc XI)
- Antes el Presidente disponía de las Fuerzas Armadas AHORA también puede disponer de la Guardia Nacional (89 fracc VII)
- El Congreso tiene 60 días para expedir la Ley de la Guardia Nacional
- Y tiene 90 días para:
- Expedir la Ley que reglamente el Uso de la Fuerza, y
- La Ley Nacional del Registro de Detenciones.
- A partir de Mañana la Guardia nacional se constituirá con:
- Elementos de la Policía Federal.
- La Policía Militar
- La Policía Naval
- En lo que se conforma plenamente la Guardia Nacional, el Presidente podrá disponer de la Fuerza Armada Permanente para tareas de Seguridad Pública.
- El Presidente debe incluir un apartado en su informe anual que contemple lo referente a la Guardia Nacional
- Los Gobernadores de los Estados tendrán 6 meses para presentar un Diagnóstico y un programa para cada uno de sus estados.
- Deberán asignarse Recursos el Presupuesto de Egresos a partir del ejercicio fiscal 2020
- Cada año el presidente enviar a los Estados una evaluación integral del programa con objetivos, avances y cumplimientos.
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Saludos y excelente Martes
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