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La Suprema Corte de Justicia determina que:

En Materia Penal en Juicios Orales, deberá ser Juez que dirigió el desahogo de pruebas quien debe dictar la sentencia.
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Si en el juicio oral al momento del desahogo de pruebas participaron más de dos jueces y si uno de ellos no percibió del todo cada prueba, se deberá conceder la protección de la justicia, pero siempre salvaguardando a la víctima y evitando en todo momento exponer a la víctima nuevamente al proceso de enfrentar a su agresor.
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Para evitar el retraso de la impartición de justicia en estos juicios deberá continuar con el proceso alguno de los jueces que ya intervinieron en la diligencia y será éste únicamente el responsable de determinar la sentencia.
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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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