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La Primera Sala de la SCJN establece los criterios que de forma obligada debe contemplar cuando una de las partes involucradas en un juicio sostenga tener una discapacidad, y requiera se hagan los ajustes razonables a su condición durante su juicio.

Estas son los cuatro puntos que los Jueces deben contemplar para dar respuesta a la solicitudes de manera fundada y motivada:

1. Analizar si el solicitante tiene una discapacidad y determinar si ésta se traduce en una desventaja procesal que impide el acceso a una justicia efectiva en igualdad de condiciones.

2. Verificar que la desventaja procesal no ha sido corregida a través de otros ajustes razonables previstos en ley.

3. Corroborar que la facultad cuyo ejercicio es solicitado o que la autoridad jurisdiccional pretende realizar forme parte de su ámbito competencial.

4. Confirmar que dicha facultad es idónea para reducir la desventaja procesal enfrentada por la persona con discapacidad, sin lesionar desproporcionadamente derechos de terceros.
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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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