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La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que:

Los Hijos nacidos FUERA del matrimonio tienen Derecho a Recibir Alimentos, ya que esta obligación del PADRE surge desde el momento del nacimiento y NO a partir del reconocimiento de la paternidad.
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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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