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La SCJN, determina que cuando una pareja decide tener descendencia por el método de Inseminación Artificial se requiere que el Esposo o Concubino de su Autorización Expresa (por escrito) para que la Mujer se someta a este prodecimiento, esto solo será necesario cuando el Varón NO sea el donante.
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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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