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    Por acuerdo general se condona el 100% de pago de los siguientes impuestos:

    I. Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles;
    II. Impuesto Predial;
    III. Impuesto sobre Espectáculos Públicos;
    IV. Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos;
    V. Impuesto sobre Nóminas;
    VI. Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos;
    VII. Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje;
    VIII. Derechos por el Suministro de Agua;
    IX. Derechos de Descarga a la Red de Drenaje;
    X. Derechos a cargo de locatarios de mercados públicos previstos en el artículo 264 del Código Fiscal de la Ciudad de México;
    XI. Derechos de control vehicular (refrendo), y
    XII. Multas por infracciones a las disposiciones fiscales distintas a las obligaciones de pago
    .

    Para obtener los este beneficion con referencia a las fracciones II, III, IV, V, VI, VII y XI deberán acceder a www.finanzas.cdmx.gob.mx
    .
    Y para la condonación de la TENENCIA deberán ingresar a www.finanzas.cdmx,gob.mx/condonacion/index.php
    .
    Este pograma tiene vigencia del 1 de marzo al 30 de abril del actual.
    .
    Dar click para ver información oficial

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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