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carreteras

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Todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales deberán contar con un seguro que garantice a terceros los daños que pudieren ocasionarse en sus bienes y personas por la conducción de un vehículo.

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Además de quien NO cuente con este seguro se le impondrá multa de 20 a 40 días de salario mínimo. ($1,345.80 a $2,691.00)

En caso de Sanción

El propietario del vehículo tendrá 45 días naturales para la contratación de la póliza de seguro, al ser presentada ante la autoridad recaudatoria, le será cancelada la infracción pero eso no quiere decir que el nuevo seguro cubra un siniestro pasado. En este caso, el conductor no pagaría la multa, pero sí los daños causados por el accidente”,

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La contratación del seguro será responsabilidad del propietario del vehículo y por ningún motivo se podrá obligar a los propietarios de éstos a que contraten el seguro con alguna institución de seguros en específico.

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Cabe mencionar que es importante conocer las clausulas de la aplicación de dicha cobertura y la suma asegurada correspondiente, porque la disposición oficial exige una cobertura de 100 mil pesos para daños a personas.

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Da click para ver el marco jurídico….
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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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