Visits: 16

Una vez probando que se realizo en solitario …………………..

Ayer esta era la redacción del Código Penal para el DF en su:

ARTÍCULO 362. Se le impondrán de 5 a 30 años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por 10 años, al que mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, inundación o violencia extrema, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios públicos, que perturben la paz pública o menoscaben la autoridad del Gobierno del Distrito Federal, o presionen a la autoridad para que tome una determinación.

Hoy esta la nueva redacción:

ARTÍCULO 362. Se les impondrán de 2 a 7 años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por 10 años, a LOS que mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, por inundación o violencia, realicen actos en contra de las personas, de los bienes públicos o privados o servicios públicos que perturben la paz pública.

La reincidencia se estará a lo que establezca éste Código

Aquí la publicación oficial …….

CUADRO COMPARATIVO POR POSIBLES DELITOS COMETIDOS POR VANDALOS EL 1 DE DICIEMBRE DEL 2012 (5)

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

error: Evita copiar el contenido, mejor compartelo