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Después de muchos años…………, Hoy se emiten las BASES oficiales para continuar un proceso suspendido desde hace ya mucho tiempo ………………….

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El SAE en el carácter de liquidador nombrado por la SCT, deberá:

I. Elaborar un Plan de Liquidación del Organismo, el cual podrá ser modificado y actualizado en la medida de las necesidades

II. Promover lo necesario para este Plan de Liquidación;

III. Emitir las políticas internas para la operación, control y conducción de la liquidación;

IV. Concluir las operaciones del Organismo que se encuentren pendientes;

V. Cumplir las obligaciones a cargo del Organismo,

VI. Celebrar convenios con los particulares, organizaciones sociales, autoridades federales, locales o municipales tendientes a la extinción de obligaciones entre éstos y el Organismo;

VII. Usar y disponer de los recursos materiales y financieros del Organismo;

VIII. Dar cumplimiento a los asuntos pendientes según lo establecido en los títulos de concesión

IX. Atender las observaciones y recomendaciones de las instancias fiscalizadoras

X. Atender y hacer negociaciones en los juicios en los que el Organismo sea parte, incluidos los laborales;

XI. Proponer los requerimientos de recursos para cubrir pasivos del Organismo;

XII. Solicitar la inscripción en el Registro Público de Organismos Descentralizados

XIII. Publicar los estados financieros finales del Organismo

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legal@lasintesis.com

Ver Publicación Oficial …………..

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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