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De lo obligatorio

  • Acerca de…

A los Hombres que Adopten o cuando nazca un nuevo Hijo, 10 días de permiso por PATERNIDAD en el DF ……

Posted by Francisco Salgado, de Bufete Jurídico Interdisciplinario on 26/01/2012
Posted in: DISTRITO FEDERAL, NACIONALES.

Con la Modificación a un artículo a la LEY DE IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN EL DF,

Con esto, los servidores públicos que tengan o adopten un hijo podrán exigir se les otorge este Beneficio cuando nazcan sus hijos …………..

NUEVA Ley en el DF para quienes quieran hacer carrera en la Admon Pública …………….

Posted by Francisco Salgado, de Bufete Jurídico Interdisciplinario on 26/01/2012
Posted in: DISTRITO FEDERAL, NACIONALES.


Hoy se publica la NUEVA Ley aplicable para los Trabajadores de CONFIANZA que quieran hacer carrera en la Administración Pública del DF.

Quedan exentos de la aplicación de esta Ley:

I. Los trabajadores de base y sindicalizados de la Administración Pública del Distrito Federal;
II. Los miembros de los Servicios de Carrera de la Secretaría de Seguridad Pública, de la Procuraduría General de
Justicia y del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal;
III. El personal médico, paramédico y trabajadores afines que tengan un sistema escalafonario en la Administración
Pública del Distrito Federal;
IV. El personal de la Administración Pública del Distrito Federal comprendido en el Sistema de Carrera Magisterial;
V. Los servidores públicos designados directamente por el Jefe de Gobierno, así como los Secretarios Particulares;
VI. Los servidores públicos de confianza adscritos a las unidades administrativas de comunicación social de las
Dependencias y de los Órganos Desconcentrados de la Administración Pública Central;
VII. Los servidores públicos de libre designación

Hoy Miércoles 25, se dictan las reglas para Mitigar la SEQUIA en el País …………….

Posted by Francisco Salgado, de Bufete Jurídico Interdisciplinario on 25/01/2012
Posted in: NACIONALES, NACIONALES.

Y estas son:

ARTÍCULO PRIMERO.- A efecto de continuar mitigando los efectos que recaen sobre la población, respecto de la sequía que enfrenta la población en diversas entidades federativas se instruye lo siguiente:

I. La Secretaría de Desarrollo Social y la Comisión Nacional del Agua acelerarán la entrega emergente de agua a través de carros tanque y cisternas a las comunidades que así lo requieran;

II. La Secretaría de Salud reforzará el monitoreo y vigilancia de riesgos y enfermedades asociadas a las sequías, y coadyuvará con los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, a garantizar la prestación de servicios de atención médica y el suministro de los medicamentos que se requieran en los municipios afectados;

III. La Comisión Nacional del Agua pondrá en marcha un programa temporal de rehabilitación y construcción de pozos para uso doméstico; fortalecerá la supervisión y las actividades de inspección para clausurar cualquier obra o pozo que se haya construido sin permiso de la autoridad; e intensificará las acciones para mejorar el manejo de cuencas y acuíferos, con el propósito de disponer de una mayor cantidad de agua para las personas, y

IV. La Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y la Comisión Nacional de Zonas Áridas agilizarán los recursos destinados a la creación de pequeña infraestructura para captación y almacenamiento de agua, a fin de que los beneficiarios cuenten con obras terminadas para aprovechar las lluvias del presente año.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Con el objeto de proteger el empleo y los ingresos de la población afectada se instruye lo siguiente:

I. La Secretaría de Economía establecerá los mecanismos necesarios para incrementar los apoyos a los molineros de masa de nixtamal y ampliar el cupo para importar frijol, a fin de garantizar el abasto de dicho alimento en las zonas afectadas por la sequía y en todo el país, e intensificará los esfuerzos para atender las necesidades de financiamiento de las micro y pequeñas empresas, los productores y los establecimientos ubicados en las zonas afectadas;

II. Las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y de Hacienda y Crédito Público seguirán promoviendo, impulsando y apoyando, con los gobiernos estatales, las organizaciones de productores y el sector financiero, las coberturas de aseguramientos catastróficos durante el ejercicio fiscal 2012;

III. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de AGROASEMEX, S.A., establecerá los mecanismos operativos necesarios para que las evaluaciones de daños y pago de indemnizaciones se realicen dentro de un plazo que no exceda de 20 días a partir de la integración del expediente, y continuará las acciones para incrementar la cobertura del seguro agrícola, y

IV. Las instituciones de banca de desarrollo otorgarán, bajo condiciones preferenciales y de forma expedita, financiamiento a las entidades federativas y municipios comprendidos en declaratorias de desastre natural a fin de mantener la liquidez y reactivar la economía de los productores afectados.

ARTÍCULO TERCERO.- Para agilizar el ejercicio de recursos públicos y la realización de obras públicas para atender los efectos de la sequía, se instruye lo siguiente:

I. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público resolverá, a más tardar en 24 horas, las solicitudes de adecuaciones presupuestarias que correspondan para orientar el gasto a los programas y proyectos cuyos objetivos y metas resultan preponderantes ante la presente situación excepcional;

II. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público otorgará el registro de los programas y proyectos de inversión a que se refiere este Acuerdo, sin requerir la presentación de la evaluación costo y beneficio, aplicando la excepción prevista en el artículo 34, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;

III. La Secretaría de Gobernación se coordinará con los titulares de las dependencias y entidades que

corresponda, a efecto de que en términos de la Ley General de Protección Civil y las demás disposiciones aplicables, se emitan de manera prioritaria e inmediata las declaratorias de desastre natural relativas a las entidades federativas y municipios que hayan sido severamente afectados por la sequía y aún no cuenten con dichas declaratorias;

IV. Las Secretarías de Gobernación y de Hacienda y Crédito Público, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán en el Fondo de Desastres Naturales una reserva especial, con el objetivo de asegurar la oportuna asignación y aplicación de recursos prioritarios urgentes para mitigar los efectos de la sequía severa en las entidades afectadas;

V. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, prestarán facilidades a las entidades federativas que así lo requieran, para utilizar el Fondo de Apoyo para Infraestructura y Seguridad, establecido en el Transitorio Vigésimo Sexto del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, en apoyo a las operaciones asociadas a infraestructura, que incluyen equipamiento, desarrollo agropecuario, forestal, acuícola y pesquero, así como el pago de las obligaciones de concurrencia de recursos con la Federación;

VI. La Comisión Nacional del Agua modificará de inmediato las “Reglas de Operación para los Programas de Infraestructura Hidroagrícola y de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua, aplicables a partir de 2012″, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2011, a efecto de que durante el presente año la Comisión Nacional del Agua pueda ejercer directamente los recursos federales en las entidades federativas y municipios comprendidos en declaratorias de desastre natural emitidas por la Administración Pública Federal y publicadas en el Diario Oficial de la Federación, sin requerir la concurrencia de otros recursos. Para tal efecto las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía emitirán, dentro de un plazo máximo de 24 horas, los dictámenes de impacto presupuestario y de mejora regulatoria correspondientes, y

VII. En el marco de excepción que prevé el artículo 7 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales no requerirá la previa evaluación del impacto ambiental para los proyectos, obras o actividades que se realicen para atender la sequía y se asegurará de que, cuando así proceda, se realicen acciones de mitigación y compensación para atenuar posibles impactos al medio ambiente.

En el Estado de Mexico ………….. Todo esto se vuelve Obligatorio …….

Posted by Francisco Salgado, de Bufete Jurídico Interdisciplinario on 24/01/2012
Posted in: ESTADO DE MEXICO, NACIONALES.

* Se Declara “2012. Año del Bicentenario de El Ilustrador Nacional” ……………..

* Se emite el Reglamento de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado ……

* Se reforma el Primer Párrafo del Artículo 7 de la Constitución Política del Estado ………….

* Se publica el Procedimiento del Programa Premio al Compromiso del Instituto Mexiquense del Emprendedor ……

* se reforman los artículos 23,57, en su fracción IV; 68; 149 en su ultimo párrafo; 242 en su fracción II; 242 Bis en su ultimo párrafo; 274 en sus fracciones I y IV, se adicionan un segundo párrafo al artículo 94; un ultimo párrafo al artículo 149 del Código Penal del Estado de México y se adicionan un párrafo segundo al artículo 407 y una fracción V y un último párrafo al artículo 425 del Código de Procedimientos Penales para el Estado ……………

Mañana Miércoles, A nivel Nacional, NUEVA Ley para Prevenir la Violencia y Delincuencia ………………

Posted by Francisco Salgado, de Bufete Jurídico Interdisciplinario on 24/01/2012
Posted in: NACIONALES, NACIONALES.

Esto al publicarse el día de Hoy esta Ley, que tiene por Objeto:

Establecer las bases de CORDINACIÓN entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Se tiene Medio Año para publicar su reglamento ……..

Y con Sanciones según la Ley de Responsabilidades Administrativas de los servidores públicos.

A partir de Mañana 24 de enero Se modifican Aranceles en la Zona Fronteriza ………………

Posted by Francisco Salgado, de Bufete Jurídico Interdisciplinario on 23/01/2012
Posted in: Sin Clasificar.

Esto con el fin de promover la productividad de las empresas en esas zonas del país …….

Una NUEVA Ley de Archivos para Instituciones Federales ……………….

Posted by Francisco Salgado, de Bufete Jurídico Interdisciplinario on 23/01/2012
Posted in: Sin Clasificar.

Esto con el fin de Salvaguardar los documentos e información que tienen en su poder las Instituciones y Servidores publicos dependientes del Gobierno Federal.

Se crea la Universidad Abierta y a Distancia de México …………………

Posted by Francisco Salgado, de Bufete Jurídico Interdisciplinario on 19/01/2012
Posted in: NACIONALES, NACIONALES.

La Universidad tendrá por objeto prestar servicios educativos del tipo superior, en la modalidad no escolarizada, que será abierta y a distancia, mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, respaldados en redes de conocimiento, tecnológicas y administrativas, cuyas características serán la flexibilidad, la calidad y la pertinencia

Saldran del aire……… Anuncios de Productos MILAGRO ……..

Posted by Francisco Salgado, de Bufete Jurídico Interdisciplinario on 19/01/2012
Posted in: Sin Clasificar.

Se Modifican 7 artículos del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Publicidad en donde se establecen las NUEVAS Reglas para la publicidad de estos productos ……..

A partir de Mañana viernes, entran en vigor Nuevas REGLAS en DF para el Registro CIVIL …………………..

Posted by Francisco Salgado, de Bufete Jurídico Interdisciplinario on 19/01/2012
Posted in: Sin Clasificar.

Al MODIFICARSE el REGLAMENTO del REGISTRO CIVIL ……….

Entre Otros:
* Se Precisan como debe ser el Buro de DEUDORES Alimentarios
* Se dice como deben ser los apellidos entre parejas del mismo sexo

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